Finalmente Carabineros de Chile reconoció que hay violaciones a los Derechos Humanos, algo constatado por las ciudadanía movilizada y por organizaciones internacionales. Son 856 investigaciones sumarias, de las cuales se conocieron los resultados hace pocos días.
Rozas dijo “vamos a actualizar los manuales operativos, los protocolos de actuación en el orden público y crearemos la especialidad de control de orden público para tener un mejor proceder”. Aunque los protocolos ya existen y habían sido previamente visados. ¿No será que no se han aplicado con rigor?
Pero Rozas declaró algo que considero es a todas luces un peligro al responder hacia el informe emanado por la ONU en este tema: “falta un poco de contextualización”. Otro antecedente que agregó es: «Hicimos una muestra de 480 personas que han sido lesionadas por Carabineros, y más del 50% presentan antecedentes penales (…) no es que los carabineros se vuelvan locos y disparen a diestra y siniestra”, sostuvo Rozas.
Esta contextualización ¿Se podría entender como una relativización de los Derechos Humanos? Algo que no se puede cuestionar. No pueden haber violaciones a los derechos humanos amparadas en el contexto, sobre todo cuando son más de 350 personas con un daño ocular irreparable, personas que en la práctica han sido mutiladas por agentes del Estado de Chile.
Por ello quiero compartir algunas reflexiones en torno a conceptos que son súper importantes para hablar de esta materia. Primero con un repaso por la historia y luego por la ley.
La importancia y validez de los DD.HH. es algo que ciertos sectores suelen relativizar, recordemos lo que pasó con el Museo de la Memoria el 2015. Esa vez se pedía dar un contexto para las violaciones a los derechos humanos cometidas por la dictadura. Como si el “deterioro de la democracia” (tesis planteada por los sectores conservadores y liberales de derecha) fuera suficiente motivo para matar y torturar a personas de forma selectiva sin derecho a ningún tipo de juicio ni defensa alguna. Una persona contra todo el aparataje del Estado. Personas trabajando con las platas del fisco para asesinar o desaparecer a parejas, hijos, hijas, primos, primas, madres y padres.
Ese mismo discurso lleva a la falacia de equiparar muertes o personas violentadas en actos políticos al hecho de que el Estado violente a los ciudadanos, quienes como humanos individuales deben recibir la bota de todas las instituciones que controlan la fuerza y tienen los recursos del país para mantener el monopolio de la violencia. No es equiparable el ataque entre sí de grupos politizados o no politizados.
Si los skinhead y los bonehead se atacan entre ellos no es asunto de violencia de Estado, es violencia política. Esto es importante de explicar de manera sencilla. Los Patria Libertad golpeando militantes comunistas en las calles era violencia política, no violencia de Estado en términos estrictos. De ahí en más, las fuentes de financiamiento de ese proyecto fascista dejan claro que había un Gobierno y un Estado Federal claramente detrás, pero eso ya es materia de otra discusión.
El ataque por parte del Estado a las personas es motivo de violación de derechos humanos. El ataque entre sí de personas, ciudadanos, va en otros planos de interpretación.
¿Por qué digo que es una falacia argumentativa equiparar los derechos humanos de individuos frente a la condición de carabineros? Porque solo los agentes de Estado pueden ser violadores de derechos humanos, no las personas individuales. Esa realidad se busca sistemáticamente deteriorar o cuestionar por quienes validan y consideran natural el uso de la fuerza excesiva por parte de los cuerpos armados estatales (sea cual sea). En ese boicot discursivo y fomento de la ignorancia fundan el poder de los discursos de odio y se abre la puerta a otros fenómenos como el negacionismo.
Claro está que los carabineros como individuos tienen derechos humanos, pero estos se pueden ver violados (como ha ocurrido igualmente con policías, militares y magistraturas civiles de la institucionalidad estatal) cuando el mismo Estado les agrede a través de sus múltiples formas de ataque. Para ello pueden acudir a instancias internacionales en caso de sufrir discriminación, violencia institucional, no poder optar a la justicia y el debido proceso, etc.
Si carabineros son atacados por otras personas de manera individual no es un delito de Derechos Humanos, es un delito que es perseguido por el Estado y eso está penado: “los delitos de matar un carabinero que se encontrare en el ejercicio de sus funciones y de maltrato de obra a Carabineros, están contemplados en los artículos 416 y 416, respectivamente”. Eso está en la legislación.
Por eso cuidado con las ideas que se meten en el discurso público burlándose de personas que han sufrido la violencia de parte del Estado siendo profanados sus Derechos Humanos equiparando la situación de los policías en las calles.
En los casos anteriormente comentados podemos ver que el relativizar o reducir la importancia de los derechos humanos es obviar la clara diferencia de poder que tiene un individuo versus la maquinaria institucional gigante que son los estados frente a una sola persona.
No podemos relativizar la validez e importancia de los Derechos Humanos. Hacer eso, es abrir las puertas a la masacre sistemática de las personas. Hoy Chile atraviesa un momento histórico que se busca policializar, castigando físicamente a la población. No podemos decir que los derechos humanos no son lo importante, o que sólo sirven a uno u otro sector político.